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Senén Caba: «Quienes se oponen a la firma del Código Unico lo hacen por desconocimiento o mezquindad»

Senén Caba.

Explica es una vieja aspiración de los médicos.

A pesar de que ya se ha anunciado la firma de un acuerdo de cooperación entre el Colegio Médico Dominicano y las autoridades de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que permitirá que el gremio médico, las sociedades médicas y el Estado sean quienes entreguen a los galenos un código único que permitirá que estos puedan hacer sus contratos con las ARS y no que sean estas quienes lo otorguen a los galenos, como hasta ahora.

Hablando en exclusiva con SaludNews, el presidente del CMD, Senén Caba explicó el alcance de esta medida.

Ante la pregunta del por qué de la oposición de algunos médicos a la firma del acuerdo, Caba respondió: “El Código Único es una vieja aspiración, no es de estaJjunta Directiva [se refiere a la actual]. Nosotros simple y llanamente hemos querido recoger el sentir y lo incluimos dentro del dossier de demandas y de reclamos que hicimos durante las jornadas grandiosas de marchas, de paros hospitalarios, juntos siempre con las sociedades médicas especializadas, levantábamos el código junto a todos los médicos y las médicas, que sea entregado por el CMD. Obviamente a la larga, los esfuerzos dieron frutos y el lunes 4, entre el Colegio Médico y la Sisalril vamos a firmar la resolución en donde los códigos van a estar en manos de nuestro Colegio Médico, las sociedades médicas especializadas y Estado, como debe ser”.

Ante la pregunta de por qué un sector de los médicos se opone a dicha firma y específicamente citábamos al Dr. Justo Nicasio, primer vicepresidente de la actual Junta Directiva y quien fuera en una ocasión presidente del llamado Consejo Nacional de las Sociedades Médicas Especializadas y quien ha expresado que este acuerdo sería entregar a la Sisalril el control del copago y que además dicho código sería inorgánico por cuanto no significa automáticamente que los médicos tendrían contratos con las ARS, Caba reaccionó: “El Dr. Nicasio a pesar de que estuvo en muchos de los encuentros y el taller que se celebró parece que su mente no estaba ahí. El sabe muy bien que para darse un código tiene que contar con el aval del Colegio Médico. El código cuenta con un número de prestador, Nupre, ese código está dado por el número de su carnet de colegiado y también está dado por un código que tiene la Sisalril, llamado Código SIMON. El Dr. Nicasio estuvo en todos y cada uno de esos encuentros. Es una mezquindad de él decir eso”. 

Preguntamos al Dr. Caba cómo funcionará el nuevo código para los médicos y nos explicó que los galenos deberán estar al día en los pagos al gremio ya que el código único será su número de matrícula del CMD y que además deberán estar al día también en sus sociedades.Dijo que Sisalril entregará los códigos luego de ser enviados por el CMD y que estos serán de por vida y que solo por razones graves podrá perderse.

“Ese código se va a perder en condiciones muy excepcionales. En primer lugar que el médico pierda el exequátur, por situaciones que riñan con la Ley, actos que riñan con la moral, la ética, que sean juzgados por el Tribunal de Etica y Calificaciones del Colegio Médico. Lo va a perder por expresa voluntad del propio médico, que no quiera código, ejercer o renovar privado y lo puede perder si se va del país o muere”.

Cuestionado sobre las acciones que podrían estarse dando para detener dicha firma, entre ellos algunos movimientos por parte de las ARS, que alegan que la Sisalril no tiene la facultad para dar códigos, la respuesta de Caba no se hizo esperar: “ Y quién la tiene sino es el Estado? Si se revisa la Ley 87-01 [Seguridad Social], en el artículo 173, acápite 3, quienes no lo tienen son las ARS, expresamente lo dice el artículo”.

Se refiere Caba al Art. 173 sobre modalidades de contratación del personal de salud de la Ley de Seguridad Social que dice expresamente en su artículo III:

«Ninguna Administradora de Riesgo de Salud (ARS) ni el Seguro Nacional de Salud (SNS) podrán establecer condiciones contractuales discriminatorias contra un profesional de salud legalmente facultado o un Proveedor de Servicios de Salud (PSS), publica o privada, habilitados por la Secretaría de  Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS)«.

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