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La DGII pospone aplicación del RST a los médicos luego de reunión con el CMD

La Dirección General de Impuestos Internos dejó sin efecto, por ahora, la aplicación de la medida que obligaba a los médicos a presentar su declaración de impuestos hasta el lunes 16 de marzo.

La reunión entre una comisión del Colegio Médico Dominicano y el director de la Dirección General de Impuestos Internos al parecer dio buenos frutos para los médicos ya que la DGII dio plazo hasta el 17 de marzo para la aplicación de la entrada en vigencia del RST o Régimen Simplificado de Tributación que es e​s un sistema para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, ya sean estas personas jurídicas o físic​​​as que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto No. 265-19 con relación a su actividad eco​nómica, su nivel de ingresos y sus volúmenes de compras.

Este régimen servirá para la determinación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), basado en sus ingresos brutos o en sus compras.​​, todo esto de acuerdo a lo que indica la DGII en su página web.

QUE ACORDARON LA DGII Y EL CMD?

Las partes concluyeron en:

  • 1ro. Posponer la fecha de presentación del RST hasta el lunes 16 de marzo del 2020.
  • 2do. Sobre el 29% del incremento a los ingresos reportados por las ARS del copago, éste queda eliminado. Es una norma de estimación voluntaria, los que deseen pueden hacerlo o no.
  • 3ro. Se ofrecerán cursos, talleres, charlas, conferencias sobre la educación tributaria comenzando en marzo de este año.
  • 4. Al grupo de médicos que quedaron fuera del RST por superar lo 8.7 millones de pesos totales, podrán solicitar por escrito a la DGII que se les aplique una estimación de los gastos, similar al RST.
  • 5to. Se otorgarán facilidades para ponerse al día al grupo de médicos que tengan deudas con el impuesto sobre la renta. Se le eliminarán los recargos (mora e intereses) con acuerdo blandos de pago.
  • 6to. Para aquellos casos particulares de otros problemas y deudas de cualquier índole, se creó un contacto en la DGII para resolver cada caso. Este contacto será facilitado al interesado vía los doctores Waldo Ariel Suero, presidente del CMD y/o Rafael De los Santos, segundo vicepresidente de la entidad.

Cualquier información sobre el RST pueden visitar las páginas de la DGII y el enlace sobre el RST. https://dgii.gov.do/contribuyentesRegistrados/regimenesEspeciales/RST/Paginas/default.aspx

DECRETO 265-19 QUE ESTABLECE EL REGIME RST. https://dgii.gov.do/legislacion/reglamentos/Documents/2019/Decreto-265-19.pdf

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