Con este paso se cierra la incertidumbre jurídica en el Colegio Médico Dominicano.
Santo Domingo. – El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ratificó la validez y legitimidad de la presidencia del doctor Luis Peña Núñez al frente del Colegio Médico Dominicano (CMD), al rechazar una solicitud de medida cautelar que pretendía desconocer los resultados de las elecciones gremiales celebradas el 12 de noviembre de 2025.
La decisión fue emitida por el magistrado Diómedes Villalona, juez presidente del TSA, quien estableció que, aunque la solicitud presentada por la doctora Yubelky Aquino Rojas cumplía con los requisitos formales, carecía de fundamentos suficientes en cuanto al fondo, razón por la cual el tribunal rechazó la adopción de la medida cautelar anticipada.
Con este fallo, el TSA desestimó los alegatos de supuestas irregularidades electorales y respaldó el proceso conducido por la Comisión Electoral Central del CMD, organismo que proclamó oficialmente al doctor Peña Núñez como presidente electo del gremio médico.
La acción judicial rechazada estaba dirigida contra la Comisión Electoral Central —integrada por los doctores Santiago Castro Ventura, Julio Manuel Rodríguez Grullón, Eusebio Garrido, Fernando Sánchez Martínez y Jorge Chahín Herrera— así como contra el doctor Justo Nicasio, presidente del Consejo Nacional del CMD; el doctor Waldo Ariel Suero, expresidente del gremio; y el actual presidente, Luis Peña Núñez.
El licenciado Miguel Salvador González, consultor jurídico del Colegio Médico Dominicano, valoró la sentencia como un paso decisivo para restablecer la estabilidad institucional del gremio.
“Esta decisión judicial cierra un capítulo de incertidumbre jurídica que intentó empañar la voluntad soberana expresada por los médicos en las urnas. La ratificación del TSA permite que la actual directiva continúe enfocada en la defensa de los derechos y el fortalecimiento del ejercicio profesional médico en la República Dominicana”, afirmó.
Dispositivo de la sentencia
El fallo del Tribunal Superior Administrativo establece:
• Primero: Declara válida la solicitud en cuanto a la forma.
• Segundo: Rechaza, en cuanto al fondo, la medida cautelar solicitada.
• Tercero: Ordena la comunicación de la sentencia a las partes involucradas y a la Procuraduría General Administrativa.
• Cuarto y quinto: Declara reservadas las costas y dispone la publicación del fallo en el Boletín del TSA.
Con este veredicto, la alta corte administrativa reafirma el respeto al orden democrático, la legalidad y la transparencia institucional en los procesos internos del principal gremio médico del país.

































